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La seguridad es una nueva especialidad para juristas (página 2)



Partes: 1, 2

Las medidas de seguridad (Art.
34, inc. 1º del Cód. Penal)

Los Delitos contra la Seguridad de la
Nación

Los Delitos contra la Seguridad
Pública (incendios y otros estragos; delitos contra los
transportes y los medios de comunicación;
piratería; delitos contra la salud
pública).

Porque estas acciones
recaen sobre el individuo,
pero conmueven profundamente a la sociedad como
un todo. Esta característica me hace estar abierto al
debate sobre
la incorporación de la paidofilia, el secuestro y la
violación seguidos de muerte, y
otros como la propagación de enfermedades entre los
humanos, los animales y las
plantas.

Por otra parte, la Legislación de la
Seguridad no actúa sólo mediante la coerción
penal o contravencional. Establece fines y proporciona medios de
acción
al Gobierno y a los
particulares, con el propósito de disminuir el riesgo. Como en
el ejemplo previo, con normas sobre
vacunación obligatoria y otras medidas, para la lucha
contra la lepra, la fiebre amarilla,
la peste bubónica, la tuberculosis,
el SIDA, la
brucelosis, la aftosa, etc.

Ergo, una razón para que ésta
sea una especialidad (aunque todavía no haya una materia o un
posgrado en nuestras facultades de ciencias
jurídicas)[1], será que agrupa a
todas las normas gubernamentales que se ocupan de regular las
situaciones en que otro y mayor orden de magnitud en el riesgo
para las personas o los bienes es el
principal componente, y asimismo de disminuirlo a niveles
aceptables (hay una teoría,
pero no creo que exista el "Riesgo Cero"). Por ejemplo, una
resolución de la Secretaría de Industria que
obliga al enchufe de tres patas.

Porque teleológicamente buscamos
seguridad, la cual es un dios que no debiera tener ateos (aunque
la inhumanidad se manifiesta a veces por la indiferencia, la
corrupción y/o la codicia de grupos mejor
organizados que los intereses difusos).Es preciso tomar conciencia de
cuántos campos abarca la Seguridad y de cuál es su
esencia.

La ausencia o disminución notoria de
Seguridad no es sólo materia de elecciones políticas,
también causa desórdenes psicológicos en el
individuo y en la sociedad: stress
(tensión), violencia,
vandalismo, etc. Corresponde a los gobiernos encauzar, corregir y
solucionar gradualmente por medio de acciones que se sumen a lo
existente, con metas comprobables intermedias en el tiempo.

Política[2]como me
explicó un helenista amigo, proviene de "polis
títemi" (la seguridad de los muchos). ¡Vaya que esto
es polémico! Porque tendemos usualmente a identificar la
palabra con la Acrópolis o más adelante en el
tiempo con Aristóteles, cualquiera de los dos en el
momento de su mayor esplendor. Pero "polis" es parte del idioma
que se usaba mucho antes, cuando Atenas era una aldehuela, cuya
existencia fue ya una verdadera revolución.

Estimo que en tiempos remotos tal vez era
posible para una familia defender
una cueva de una jauría de animales, pero no de una de
hombres. Así, presumiblemente, pudo renunciar cada uno a
una parte de su libertad, para
conseguir seguridad. Y éste sería el lejano origen
de la Sociedad.

O sea, que el arte de gobernar
habría comenzado mucho antes que la existencia de la
ciudad-estado.
Dictando y haciendo cumplir reglas sociales talvez no escritas
que consiguieron la seguridad del conjunto y de cada uno de sus
integrantes. En un pasado muy lejano, ¿nos agrupamos para
buscar la seguridad en el número, como muchas otras
especies? [3]¿O nos diferenciamos de ellos
porque somos los que entonces pensamos que así nos
resultaba mucho más conveniente?

Lo
técnico-jurídico

De los aspectos tecnológicos,
psicológicos, sociológicos y políticos que
tienen un factor común (la búsqueda de la Seguridad
a través de la disminución del riesgo) pasemos a
otra de las razones que justifican esta agrupación
legislativa.

  • Tiene un objeto propio. Por su
    amplitud, no es exclusivo sino exclusivo-compartido. Es el
    cúmulo de normas que integran la especialidad lo
    único que cumple con esta necesidad ancestral antes
    descripta: la búsqueda de la Seguridad,

  • En cuanto al plexo normativo. Puesto
    que abarca leyes, decretos, resoluciones y disposiciones, lo
    integra. La diferencia específica es que no abarca una
    parcela propia y excluyente, como el Derecho Penal, el Civil,
    el Administrativo y todos los demás. Tiene:

  • Normas conocidas completamente
    dedicadas (o algunos artículos propios en leyes de
    algunas de las ramas indicadas);

  • Comparte normas con esas ramas (como
    las leyes de Higiene y Seguridad en el Trabajo)

  • Son de su incumbencia otras normas (no
    confundir con IRAM o ISO) legales que los juristas (salvo
    ultraespecialistas en un solo aspecto, de los muchos que
    abarca la Legislación de la Seguridad) no suelen
    conocer o frecuentar[4]

  • La pirámide jurídica.
    Normalmente, todos los "Derechos" se mantienen en un nivel:
    Nacional, Provincial o Municipal; es una cuestión
    también de competencia. La diferencia
    específica de la Legislación de la Seguridad
    con ellos está en que ella tiene:

  • Nivel constitucional (parte de ella
    está inscrita entre los nuevos derechos
    -1994-)

  • Nivel nacional (v.g. las leyes
    orgánicas y jurisdiccionales de las seis fuerzas
    federales de seguridad)

  • Nivel provincial (v.g. sus
    Códigos de Faltas y sus leyes sobre recursos naturales
    y medio ambiente)

  • Nivel municipal (v.g. códigos de
    edificación y urbanismo, disposiciones sobre residuos
    urbanos, etc.).

Para finalizar,
aunque ésta es una apertura al debate y la
colaboración

La Seguridad es un bien inapreciable, pero
sólo se accede a ella cuando se deja el concepto
dostoiewskiano de crimen y castigo, comprendiendo que su estudio
y aplicación es un saber inter o transdisciplinario, que
amalgama humanistas, científicos y tecnólogos. El
conocer (para trasmitir y asesorar) la Legislación que le
es propia es un desafío, ya que a veces se necesita un
conocimiento
básico de enciclopedia para entender al menos de
qué hablan los especialistas de tantas otras disciplinas
(que a su vez discuten entre sí).

Y por ahora no hay más que una
recopilación federal incompleta que es necesario ordenar
sistémicamente, mediante la reunión de un equipo de
profesionales señor y junior, que co-labore en su diseño,
recopilación, verificación y actualización
permanente.[5]

Sólo así sabremos qué
temas cubrir, qué normas obligatorias hay al respecto,
cuáles están total o parcialmente vigentes,
cuáles están faltantes o sobrantes y,
especialmente, sobre qué es imprescindible legislar cuanto
antes.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Dr. Pablo M. Heymann
Raggio

Abogado (UNSal de Buenos Aires,
1966), argentino, ex-Profesor
universitario (UBA, UCSalta, IUPFA).

Dedicado al Decano de la Facultad de
Ciencias de la
Seguridad (IUPFA), Señor Roberto Rosset

[1] Reconozcamos los abogados que nunca nos
enseñaron algunas disposiciones que he mencionado; y hay
muchas más.

[2] No deriva realmente de la entidad que hoy
llamamos "ciudad-estado", aunque ese parece ser uno de sus
mayores florecimientos. O bien nosotros no entendemos a
qué le llamaban los helenos una ciudad. Polis, como en
politécnico, poliedro y polideportivo,
lacónicamente sólo quiere decir "muchos".

[3] Cérvidos en manada, peces en
cardumen, caravana periódica de crustáceos
caribeños, etc.

[4] A veces las conocen mejor los integrantes
de otras profesiones, con el peligro de una interpretación incompleta precisamente
por el desconocimiento que tienen del plexo normativo. Pero
igual muere el que iba en un ómnibus accidentado que el
asfixiado por una instalación o un artefacto
térmico inadecuados; y nos damos cuenta de la
importancia de todas las normas de seguridad al producirse un
holocausto
porque el poder de
policía no fue ejercido totalmente o lo fue
insuficientemente. Y no solo en Bangla Desh o en la Argentina,
sino en los países de mayor desarrollo
relativo, como fuera, para entender el temario (hasta ahora he
encontrado e investigado más de cuarenta, algunos
propuestos por mis alumnos del grado y de la Maestría)
hay que contemplarlo como es: un sistema y no un
conjunto (un reloj y no un camión para llenar).

[5] Es un sólido, pero no una roca
sino un automóvil; el modelo
cambia con frecuencia (hemorragia legislativa, que le
dicen)

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